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Salud con convenio

¿Qué coberturas tiene seguros de salud con convenio?

⦁ Cuando fue difícil prevenir el imprevisto: cobertura por muerte accidental del asegurado o muerte por accidente del cónyuge o concubino (a) de asegurado.

⦁ Cuando ocurrió sobre la pista: cobertura por muerte por accidente de tránsito del asegurado.

⦁ Cuando por causa de unos accidentes sufras una invalidez: cobertura de invalidez permanente total por accidente del asegurado.

⦁ Cuando tienes algún ataque al corazón, accidentes cerebrales, esclerosis múltiple o distrofia, y requieras atención inmediata: cobertura por indemnización por diagnósticos de enfermedades graves del asegurado.

⦁ Cuando necesitas tiempo para recuperarte: cobertura de pago diario por hospitalización por accidente o enfermedad del asegurado.

⦁ Cuando tu partida fue repentina: cobertura por desamparo súbito familiar por muerte por accidente.

⦁ Los deducibles aplican de acuerdo al canal en el que se comercializa.

¿Qué no cubre?

⦁ Guerra civil o internacional, declarada o no.


⦁ Accidentes que se produzcan mientras estés bajo la influencia del alcohol o las drogas.


⦁ Hospitalización, en caso no residas en el perú o condiciones preexistentes no declaradas y sus secuelas.


⦁ Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.


⦁ Cáncer a la piel (a excepción de melanomas malignos) y cáncer cérvico uterino “in situ”.


⦁ Lesiones auto infligidas.


⦁ Si quieres conocer la totalidad de las exclusiones, consulta el documento de condiciones generales.

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