¿Qué coberturas tiene seguros de salud con convenio?
⦁ Cuando fue difícil prevenir el imprevisto: cobertura por muerte accidental del asegurado o muerte por accidente del cónyuge o concubino (a) de asegurado.
⦁ Cuando ocurrió sobre la pista: cobertura por muerte por accidente de tránsito del asegurado.
⦁ Cuando por causa de unos accidentes sufras una invalidez: cobertura de invalidez permanente total por accidente del asegurado.
⦁ Cuando tienes algún ataque al corazón, accidentes cerebrales, esclerosis múltiple o distrofia, y requieras atención inmediata: cobertura por indemnización por diagnósticos de enfermedades graves del asegurado.
⦁ Cuando necesitas tiempo para recuperarte: cobertura de pago diario por hospitalización por accidente o enfermedad del asegurado.
⦁ Cuando tu partida fue repentina: cobertura por desamparo súbito familiar por muerte por accidente.
⦁ Los deducibles aplican de acuerdo al canal en el que se comercializa.
¿Qué no cubre?
⦁ Guerra civil o internacional, declarada o no.
⦁ Accidentes que se produzcan mientras estés bajo la influencia del alcohol o las drogas.
⦁ Hospitalización, en caso no residas en el perú o condiciones preexistentes no declaradas y sus secuelas.
⦁ Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
⦁ Cáncer a la piel (a excepción de melanomas malignos) y cáncer cérvico uterino “in situ”.
⦁ Lesiones auto infligidas.
⦁ Si quieres conocer la totalidad de las exclusiones, consulta el documento de condiciones generales.