
¿Qué es un seguro contra robo y/o asalto?
El seguro contra robo y/o asalto es una póliza que cubre el robo y/o asalto de bienes, dinero y valores que ocurran dentro y fuera del local del asegurado, causados por robo con violencia o atraco. También cubren las perdidas dentro del local en horas no laborales. No cubre hurto y desaparición.
¿Cómo funciona y qué ofrece un seguro contra robo y/o asalto?
La cobertura se hace efectiva tras una investigación de parte de la compañía aseguradora que demuestre que tanto el asegurado como sus familiares no se encuentran, de ninguna manera, relacionados con el robo.
El seguro contra robo y/o asalto aplica cuando la introducción del delincuente en el interior del local que contiene los bienes asegurados por medio de:
- Descerraje
- Escalamiento
- Ganzúas u otros instrumentos similares
- Uso de llaves obtenidas sin permiso
¿Qué no cubre?
- La pérdida de o danos a los bienes asegurados causados en conexión con un robo y/o asalto en el que hayan participado activamente el propio ASEGURADO, sus representantes, dependientes o parientes bajo cualquier grado de consanguinidad o afinidad u otras personas que dependan o convivan con aquellos en comunidad doméstica o por personas que mantengan alguna vinculación laboral, contractual o convencional con EL ASEGURADO o sus CONTRATISTAS o SUBCONTRATISTA.
- Pérdida de y/o daños a los bienes asegurados producidos por robo en conexión con un incendio, explosión, caída de aviones, terremoto, temblor, cualquier fenómeno meteorológico o convulsión de la naturaleza o proveniente de transformación de la estructura nuclear del átomo.
- Pérdida de o daños a los bienes asegurados producidos por robo en conexión con un embargo, confiscación, acto de guerra, invasión, u otros actos cometidos por enemigos extranjeros, hostilidades y operaciones bélicas (sea que la guerra haya sido declarada o no), guerra civil, sublevación militar, insurrección rebelión, sedición, terrorismo, secuestro, extorsión, sabotaje, recién, conspiración, poder militar o usurpación, motín, conmoción civil, huelga o cualquier disturbio del orden público, nacionalización, destrucción ordenada por la autoridad, expropiación, confiscación y otros eventos análogos; así como también con los actos de cualquier autoridad para reprimir o defenderse de estos hechos.
- Lucro cesante y/o cualquier pérdida producida por interrupción de la explotación comercial o industrial, o pérdidas indirectas por falta de alquiler o uso, suspensión o cesación del negocio, incumplimiento o rescisión, resolución del contrato u otros daños y/o pérdidas indirectas.
- La pérdida, daño o deterioro atribuible a negligencia del ASEGURADO, sus familiares o dependientes o encargados de seguridad y/o a la inobservancia total o parcial de las medidas preventivas contra robo y/o asalto, existentes en la fecha de la contratación del seguro a cuyo mantenimiento EL ASEGURADO se compromete frente a LA COMPAÑÍA.